Éntrele a la facturación

AutorGonzalo Soto

Prepare su pequeño negocio para las nuevas obligaciones

Gonzalo Soto

¿Antes usted era un Repeco y ahora está en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)?

Si ese es su caso no olvide que más allá de los beneficios que otorga ese nuevo régimen, puede emitir facturas electrónicas a sus clientes a partir del 1 abril.

A diferencia de otras personas morales, los contribuyentes que tributan en el RIF tienen más facilidades para emitir los documentos digitales, entre ellas, el que no es necesario que cuenten con la Firma Electrónica Avanzada (Fiel).

Para cumplir con el proceso solamente tiene que ingresar al portal del SAT y en la sección Mis Cuentas, introducir su RFC y la contraseña que le asignó la autoridad al momento de ser inscrito en su nuevo régimen fiscal.

Una vez dentro de la aplicación podrá seleccionar la opción para facturar, introducir los datos de su cliente o proveedor, así como los montos y el concepto del bien o servicio otorgado, para enviar el documento.

Recuerde que si pertenece al RIF y realiza operaciones a público en general, solamente está obligado a emitir una factura de venta global al bimestre. Muy cómodo.

De acuerdo con la autoridad, las facilidades otorgadas a los aproximadamente 3.8 millones de contribuyentes que pasaron a este régimen se debe a que venían de un esquema en el cual no tenían la obligación de facturar.

¿Profesionista?, ¿trabaja por su cuenta?

Si usted es una persona física con actividad empresarial no olvide que no importa su nivel de ingresos, debe facturar electrónicamente a partir de abril.

Para ello, el SAT le ha facilitado el proceso, pues sólo requiere de su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente.

En caso de que aún no cuente con ella debe acudir lo antes posible a alguno de los módulos del SAT para tramitarla.

Intentar sacar una cita por internet para alguno de los módulos de atención a contribuyentes podría no ser de utilidad, pues según el portal del fisco todos los horarios disponibles ya se encuentran saturados.

De esta forma, tendrá que acudir al módulo y esperar unos minutos para ser atendido y tramitar su Fiel. Lleve su RFC para realizar el procedimiento.

Una vez con la Fiel en la mano está a muy pocos minutos de emitir su primera factura.

Puede acudir al portal del SAT, www.sat.gob.mx, y acceder a la herramienta de facturación gratuita en la que sólo deberá introducir los datos en el documento para enviarlo.

Otra alternativa es que si sus ingresos no rebasan los 2 millones de pesos al...

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