Abren 'puerta' a reos peligrosos

AutorAbel Barajas

MÉXICO.- La alerta se cumplió.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)determinó que es procedente que los procesados por varios delitos graves del anterior sistema de justicia puedan pedir la libertad provisional conforme a la Miscelánea Penal vigente desde hace un año.

A propuesta del ministro José Ramón Cossío, la Primera Sala aprobó un proyecto que obliga a jueces de distrito y tribunales a revisar, modificar o sustituir la medida cautelar de la prisión preventiva en cientos de casos, varios relacionados con reos federales de alto perfil.

Los delitos donde no procede la solicitud son los previstos en el Artículo 19 constitucional con prisión preventiva oficiosa: delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata, y los cometidos con medios violentos como armas y explosivos, entre otros.

Sí pudiera autorizarse, por ejemplo, en casos de posesión de armas de uso exclusivo del Ejército, asalto en carreteras, robo calificado, extorsión, contrabando y ataques a las vías de comunicación.

El fallo no implica la libertad inmediata de los procesados por delitos graves en el anterior sistema, sino que los juzgadores apliquen el nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales cuando les pidan revisar o sustituir la prisión preventiva.

En principio deberán admitirse las peticiones de modificación de medida cautelar, sostener un debate con el Ministerio Público y aplicar las medidas de vigilancia o supervisión que establece el nuevo Código.

Con la decisión, ahora podrían admitirse más de 300 solicitudes de libertad provisional a nivel federal.

El Comisionado Nacional de Seguridad, Renato Sales, rechazó que ampliar el catálogo de delitos graves sea una contrarreforma al sistema penal.

"Un efecto no calculado del nuevo sistema fue la política permisiva en lo que hace a las armas de fuego", dijo el funcionario sobre el tema.

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