Ampara Suprema Corte doblar cintas al español

AutorDaniel Lizárraga

MEXICO.-Las compañías United International Pictures, Buenavista/Columbia-TriStar y 20th Century Fox Films de México obtuvieron ayer un Amparo que les permitirá doblar al español las películas que distribuyen en el País.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía, que únicamente permite el doblaje de cintas educativas e infantiles.

Por mayoría de votos (8 contra 3), los Ministros consideraron que esta restricción "limita la actividad comercial de los exhibidores frente a un numeroso conglomerado de personas que no saben leer y que dejan de asistir a las salas donde las películas se encuentran subtituladas".

Además, el Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, autor de uno de los proyectos, citó datos del INEGI de 1995, según los cuales hay más de 14 millones de analfabetos del País.

Otro criterio que apoya dicha iniciativa es que las televisoras sí pueden transmitir cualquier película doblada al español, "otorgándose un trato distinto a la misma actividad mercantil".

La minoría, encabezada por el presidente de la Corte -Genaro David Góngora Pimentel-, sostuvo "que las películas son obras artísticas que deben ser preservadas en su concepción original para transmitir con fidelidad el espíritu y los rasgos de las diversas culturas".

Sin embargo, este argumento resultó insuficiente.

De hecho, la Corte se limitó a confirmar el criterio emitido en 1998 por el entonces Juez federal Carlos Ronzon Sevilla, quien amparó en primera instancia a las distribuidoras.

Durante el presente sexenio y a propuesta de la actriz y Diputada perredista María Rojo, la Ley Federal de Cinematografía sufrió modificaciones que impiden a las trasnacionales traducir al español sus películas.

Hace dos años, la Secretaría de Gobernación apeló el veredicto del Juez Ronzon y por tratarse de una interpretación de la Carta Magna, los expedientes fueron enviados a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Sólo ahora, que el Máximo Tribunal confirmó el amparo, las distribuidoras quedarán exentas de que se les aplique el artículo impugnado y, por tanto, podrán doblar...

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