Ana Laura Magaloni Kerpel / La justicia a prueba

AutorAna Laura Magaloni Kerpel

Yo espero que el caso de Rosario Robles abra la posibilidad de que debatamos en México de qué está hecha la justicia, cuáles son sus ingredientes clave y cómo se distingue ésta de la venganza política. Durante el sexenio pasado, lo que dominó una buena parte del debate público fueron investigaciones periodísticas muy bien documentadas sobre casos de corrupción inimaginables, tanto por sus dimensiones económicas como por su impacto en la vida de la gente. Para mí, uno de los casos más dolorosos e indignantes fue la Estafa Maestra. En particular, los recursos desviados desde la Sedesol. Se trataba del dinero destinado a los millones de mexicanos que viven en pobreza, con toda la tragedia humana que ello implica. Frente a estas investigaciones periodísticas, lo que observamos durante la administración de Peña Nieto fue una PGR protegiendo y encubriendo a los responsables. Hoy parece ser que, finalmente, estamos en otro escenario. La FGR está armando investigaciones y acusando ante un juez a los probables responsables de delitos relacionados con hechos de corrupción del sexenio pasado.

Ahora lo que parece preocuparnos es que el sistema de justicia funcione correctamente. ¿Se justifica o no la prisión preventiva a Rosario Robles? ¿El juez es o no un árbitro imparcial? Estas sólo son dos cuestiones que han surgido esta semana y faltan muchas más por venir. Lo que tiene que demostrar el sistema de justicia a toda la sociedad es que la FGR está sometida a la ley y que el juicio de Rosario Robles será ejemplar. La calidad del proceso para llegar a la sentencia es tan o más importante que su resultado.

El proceso de Robles sólo está comenzando. La acusación formal de la FGR sucederá en lo que se conoce como la audiencia intermedia, la cual será en dos meses. Hasta ahora, lo único que ha probado la FGR es que existen indicios suficientes para continuar investigando a Robles. Es por ello por lo que la prisión preventiva en esta fase inicial debe ser siempre una medida excepcional: sólo cuando existen riesgos fundados de fuga que no puedan ser atenuados por otras medidas cautelares, como prisión...

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