Castiga EU a firmas por software pirata

AutorDayna Meré y Karina Suárez

El 18 de julio pasado fue aprobada en Estados Unidos la Ley de Competencia Desleal, que castiga a las empresas de cualquier nacionalidad que comercialicen en el Estado de Washington un producto en cuya fabricación, distribución y comercialización, se haya utilizado software o incluso hardware ilegal o pirata.

Según el texto de la ley, quedan exentos de su aplicación alimentos y medicamentos, y no abarca servicios, sino sólo productos fabricados o ensamblados, y no involucra a terceros contratados por la empresa exportadora, a menos que hayan participado en más de 30 por ciento de su fabricación.

Por ejemplo, en caso de que una empresa fabricante de autopartes haya utilizado para el diseño de sus productos software Adobe pirata, esta empresa podría acusar a la fabricante de autopartes de uso ilegal de sus productos y pedir a la autoridad estadounidense que se castigue.

La ley también considera como ilegal que este producto hecho con software pirata sea pieza de otro artículo, ya que de igual forma entra en competencia desleal con otros artículos que se comercializan de forma legal, en Washington.

El mecanismo para bloquear a las empresas que incurran en este delito será por dos vías: la primera consiste en la denuncia que podrían interponer empresas desarrolladoras de software, contra quienes usen productos piratas.

La segunda vía, aunque aún no está definida, podría ser la colocación de un semáforo que obligue a la revisión de los productos que ingresen a Washington, para verificar los documentos que comprueben el uso legal de la tecnología, a través de la cual fueron fabricados.

Antes de emprender acción legal contra los posibles infractores, menciona la ley, el titular de los derechos del software utilizado sin su autorización ni pago correspondiente deberá enviar una notificación al presunto infractor, para informarle del delito que está cometiendo, y le dará 90 días para remediar esta situación.

De cumplirse el plazo y si el fabricante persiste, la autoridad podrá iniciar la acción legal. La multa podría llegar a ser de hasta 250 mil dólares o más.

Entrevistado sobre las implicaciones que esta ley tendrá para las empresas de Jalisco, Braulio Laveaga, director general de la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (Canieti) de Occidente, comentó que los beneficios se verán a largo plazo porque promoverá el desarrollo del software.

"Si pudiera afectar a la Iniciativa Privada sería...

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