Congela la Corte 'Decreto Nahle'

AutorMURAL / Staff

MÉXICO.- La Corte suspendió ayer indefinidamente el denominado "Decreto Nahle" por medio del cual se modificaron las reglas para que nuevas plantas generadoras de energía renovable puedan conectarse al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

El Ministro Luis María Aguilar frenó el cambio de reglas al admitir a trámite una controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), la cual alega que el nuevo decreto invade sus atribuciones para regular temas de libre competencia y concurrencia en el sector energético.

La nueva Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), fue publicada apenas el 15 de mayo por la titular de la Secretaría de Energía (Sener), Rocío Nahle, y establece que los permisos de interconexión que soliciten generadores de energía solar y eólica pueden ser rechazados si se considera que las redes eléctricas están saturadas o no tienen suficiente generación firme para darles respaldo.

Cámaras empresariales acusaron que el decreto era un ataque frontal a la certeza jurídica para las inversiones en México, además de que favorecía a la CFE y perjudicaba a los consumidores con tarifas que no obedecerían a fuerzas del mercado para hacerlas más competitivas.

Ayer, el Ministro Aguilar descartó que la suspensión afecte la seguridad o la economía del País o a instituciones.

"La concesión de la suspensión traerá como efecto que se sigan aplicando las disposiciones que prevalecían con anterioridad a la emisión del acuerdo impugnado, de manera que la medida cautelar concilia, por un lado, la situación jurídica, el derecho o el interés de la parte actora y, por otro, el respeto a los principios básicos que rigen la vida política, social o económica del País", agregó.

Con ello, las reglas de la Política de Confiabilidad, expedida por la Sener en 2017, deben seguirse aplicando.

La Sener puede impugnar la suspensión ante una de las Salas de la Corte; en tanto, tiene 30 días hábiles para contestar la demanda de...

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