Declaran ilegales penas por plagio

AutorAbel Barajas

MÉXICO.- Un tribunal federal declaró inconstitucional el artículo 10 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, que establece las agravantes que aumentan las condenas de 50 hasta 100 años de prisión.

Al estimar que los castigos son desproporcionados, los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado Penal en esta ciudad resolvieron que debía reponerse el procedimiento a dos sentenciados por secuestro exprés e imponerles una nueva condena, que será menor a la anterior.

Esto es así porque, si bien el colegiado determinó que son culpables, las penas que ahora deberán imponerles en el fuero común serán las que estaban previstas antes de la entrada en vigor de la Ley Antisecuestro, que iban de 20 a 40 años de prisión con agravantes.

La resolución dictada en los amparos directos 31 y 32/2018 por ahora sólo aplica para los quejosos Miguel Ángel García Villalobos y Edmundo Robles García.

Sin embargo, es probable que pronto sea discutido en un Pleno de Circuito para definir si se aplica o no como jurisprudencia en los juzgados y tribunales de la capital del país, debido a que ya antes otro tribunal colegiado abordó el mismo tema y lo resolvió con el criterio contrario.

En su sesión de ayer, los magistrados Mario Ariel Acevedo Cedillo y José Alfonso Montalvo Martínez, votaron en favor del proyecto propuesto por su colega Alejandro Gómez Sánchez, que establece que el artículo de la citada Ley viola el principio de proporcionalidad de la pena previsto en la Constitución.

El ponente planteó que en la misma Ley Antisecuestro había castigos menos graves para modalidades de un plagio...

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