Diego Valadés / ¿Derecho a la mariguana?

AutorDiego Valadés

Hay varios argumentos en pro de legalizar el uso de la mariguana. Son atendibles los de salud, pero también se subraya que con esa legalización disminuiría el precio de la yerba, que en consecuencia dejaría de ser negocio para los delincuentes y que así la violencia decrecería. Esta tesis implica tres supuestos no demostrados: que una causa de la violencia es el precio de la droga, que el tráfico dominante es el de mariguana y que su destino prioritario es el mercado nacional.

Para probar que la restricción legal es criminógena, se equipara nuestro desolador panorama actual con la criminalidad durante el prohibicionismo estadounidense. Se pasa por alto que allá se generó una rápida respuesta delictiva, mientras que en México la mariguana ha estado prohibida por décadas sin que se produjeran reacciones violentas. El paralelismo entre ambos procesos es infundado porque el desbordamiento delictuoso en México está asociado a varios factores, entre ellos un déficit de gobernabilidad, que nada tiene que ver con los consumidores de mariguana. En la famosa "masacre de san Valentín", en 1929, murieron siete personas; en cambio, de acuerdo con un reporte del INEGI, en 2012 fueron asesinadas 76 personas en el país, cada día.

La reforma constitucional de 1919 que estableció la prohibición en Estados Unidos, afectó la producción, transportación y venta de las bebidas embriagantes, pero no penalizó su consumo. Es algo análogo a lo que se propone aquí con la mariguana: legalizar el consumo y mantener en la ilegalidad todo lo demás. Este planteamiento está en la lógica del prohibicionismo estadounidense.

Soy un decidido partidario de las libertades, pero ningún sistema de libertades carece de reglas. El problema de las normas es que, para funcionar, deben ser coherentes entre sí. En este caso el efecto jurídico de legalizar el consumo de mariguana pero no su producción ni distribución, nos pondría ante la misma contradicción que el viejo prohibicionismo americano: quien consuma estará dentro de la ley, pero cuando compre tendrá que hacerlo en el mercado negro. Si hubiera expendedores autorizados, tendrían que abastecerse a su vez con vendedores ilegales. El ejercicio de un derecho dependería de la previa comisión de un delito.

Hoy mismo, los artículos 478 y 479 de la Ley General de Salud permiten poseer 2 gramos de opio y 5 de mariguana o de cocaína. La cuestión no resuelta consiste en que sólo es posible adquirirlos con delincuentes. La...

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