Etica empresarial/ Etica y responsabilidad social

AutorGonzalo Rivero Torrico

Recientemente los medios de comunicación han dado a conocer a la opinión pública el daño causado por un producto defectuoso. Se trata de un neumático que revienta bajo ciertas condiciones de operación, como son el calor y varias horas de estar rodando a cierta velocidad. Según noticias llegadas de Estados Unidos, este producto fue la causa de accidentes que cobraron al menos 62 vidas en aquel país.

También en México se registraron accidentes atribuibles al neumático citado. El caso más notable fue que el 4 de agosto murieron siete miembros de una familia que viajaba por la autopista a Lagos de Moreno al reventar una llanta de su camioneta, lo que provocó que se volcara.

Partamos de la base de que ninguna empresa pone intencionalmente a la venta un producto defectuoso. Sus ejecutivos saben que el éxito de sus productos depende de que los clientes los compren en forma continua y que éstos cumplan con las expectativas que se tienen de ellos. Saben también que los comentarios de los usuarios forman una corriente de opinión que, en último término, hacen que una marca, un servicio o un producto cuenten con la confianza y preferencia de los usuarios.

Toda empresa seria cuida su imagen, que es ese conjunto de impresiones que tienen los clientes sobre los productos, el servicio y la seriedad de la empresa. Nadie que goce de prestigio y quiera conservarlo, o que esté en su sano juicio, arriesgaría su reputación ofreciendo un producto defectuoso, particularmente si su uso puede ocasionar daños, como un accidente que puede ser fatal. Pero de vez en cuando se presentan problemas como el que acabamos de citar. ¿Qué debe hacer una empresa que descubre que un producto que elabora puede provocar daños o hasta causar la muerte a sus usuarios?

Sabemos que una operación de compraventa es un acto libremente aceptado por las dos partes, que supone que ambas actúan de buena fe y que aceptan su responsabilidad en la transacción. El vendedor tiene el deber ético de entregar el producto con las características que se han pactado y el comprador el de pagar el precio convenido y usarlo respetando las normas fijadas. En bienes de cierto valor y de uso prolongado, el vendedor otorga una garantía contra defectos de fabricación, lo que es una prueba de su seriedad. Ya pasaron los tiempos de aquellos letreros que decían que una vez salida la mercancía de la tienda no se admitían quejas ni devoluciones.

Por tanto, la responsabilidad ética del fabricante o vendedor de un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR