Evalúan abogados muertes en hospital

AutorAntonio Navarrete

Tres profesionales en materia de derecho penal dieron su opinión y evaluación sobre el caso del Hospital Regional de Puerto Vallarta en donde el domingo murieron cinco pacientes; dos de los especialistas consideraron que el error cometido puede clasificarse como homicidio imprudencial, y uno de ellos lo calificó como homicidio calificado.

Juan Manuel Lepe González comentó que en la fracción VII del Artículo 219 del Código Penal se estipula que es un delito de homicidio calificado cuando con intención se causa por un envenenamiento de gases, y por naturaleza es un delito grave, y la persona que lo comete puede ser sancionada con 20 ó 35 años de cárcel sin derecho a fianza, esto de acuerdo con el Artículo 342 del mismo código.

Raúl Martínez Verduzco, delegado en Jalisco de la Federación Mexicana de Colegios de Abogados, y Sergio Fernando Ramos Rojas, presidente del Colegio de Abogados de Jalisco, coincidieron en señalar que la sanción que se podría aplicar es de tres días a dos años de cárcel para los responsables del hecho y tratándose de un homicidio imprudencial por lo que podrían alcanzar el beneficio de la libertad bajo caución.

"En el caso de los fallecimientos hospitalarios en Puerto Vallarta, resulta aplicable lo dispuesto en el Artículo 48 del Código Penal del Estado, que habla de los delitos culposos, artículo que establece una sanción de tres días a 8 años de prisión, y suspensión de dos años para ejercer profesión u oficio, y en su caso inhabilitación para manejar elementos relacionados con el trabajo cuando el delito se cometa usando algún tipo de aparatos", comentó Ramos Rojas.

Esta sanción va en razón a que calificaron el homicidio a título de culpa, porque no existe la voluntad de provocar el daño, sino que no hubo la previsión ni el cuidado necesario, consideró Martínez Verduzco.

Lepe González consideró que el hecho no es responsabilidad de la empresa Infra, ya que el personal del hospital debió cerciorarse de que el contenedor que conectaron contenía precisamente oxígeno; Ramos Rojas señaló que Infra tiene responsabilidad civil porque no hay relación de causa y efecto, pero se les puede demandar por responsabilidad civil objetiva.

Sobre el planteamiento de que los médicos falsearon la información sobre la muerte de una de las niñas, Lepe González comentó que se puede considerar que ellos pudieron haber tenido conocimiento pleno de lo que pasó, por lo que podrían ser sancionados de la misma forma que las personas que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR