Facilita pagos la Conagua

AutorAdriana Alatorre

México.- Los adeudos por concepto de descargas de aguas residuales en México ascienden a 240 mil millones de pesos, informó la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

Con la modificación a la Ley Federal de Derechos en Materia de Descarga de Aguas Residuales se buscó eliminar los cargos fiscales que deberían haber liquidado las ciudades y municipios, pues eran prácticamente impagables, señaló José Ramón Ardavín, subdirector general de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento del organismo.

Explicó que la Ley contempla incentivos inmediatos para los contribuyentes, uno de los cuales es que durante 2008 sólo pagarán el equivalente a 50 por ciento de los derechos por descarga.

Otro beneficio, dijo el funcionario en rueda de prensa, es que se va a reducir el derecho por descarga entre 25 y 30 por ciento de lo que se aplicaba anteriormente.

"Estamos hablando de varios cientos de miles de millones de pesos; estos cobros y cargos fiscales eran impagables, por eso ahora buscamos una opción más razonable. Este nuevo esquema es una simplificación y mejora regulatoria", dijo.

Mario Alberto Rodríguez Pérez, coordinador de la Unidad de Revisión y Liquidación Fiscal de Conagua, aseguró que el actual esquema ofrece un saneamiento financiero con varios beneficios adicionales que se asignarán luego de comprobarse la baja en los niveles de contaminación.

"Para obtener un descuento en el pago por derechos de agua de 6 a 44 por ciento, y en caso de obtener el certificado de calidad que expide la Conagua, no pagarán ni por descarga ni por asignación de líquido", explicó.

La modificación a Ley Federal de Derechos aprobada en diciembre pasado, añadió, no sólo es un nuevo esquema recaudador, sino que contribuye como mecanismo de apoyo a la política de saneamiento nacional.

A partir del 1 de enero, y con base en las reformas a dicha ley, el cálculo para el pago de los usuarios que utilizan cuerpos receptores de propiedad nacional para descargar sus aguas residuales, se hará ya no con base en 16 parámetros -como ocurría anteriormente-, sino en dos: la Demanda Química de Oxígeno (DQO) y los Sólidos Suspendidos Totales (SST).

En virtud de que este pago es trimestral, informó el funcionario federal, los contribuyentes deben efectuar su primer pago en los primeros 15 días de abril, de acuerdo a lo que establecen las reformas, y así sucesivamente en los meses de julio, octubre y enero.

Rodríguez Pérez explicó que concluido el plazo, ya no será posible condonar los adeudos a las...

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