Fallan en detener en flagrancia

AutorDaniel Gaspar

A un criminal le basta con tirar lo que se robó y que lo pierdan de vista por un momento para que un juez excluya la flagrancia y decrete una detención ilegal.

De acuerdo con un estudio realizado por la Fiscalía General del Estado (FGE) sobre el Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP), los jueces del Primer Partido Judicial del Estado interpretan que con la reforma al Artículo 16 de la Constitución -hecha en 2008- ya no se contempla la detención flagrante cuando la víctima o un tercero sólo señalan al criminal y éste tiene en su poder instrumentos, objetos o productos del delito.

Para que se dé la flagrancia, la persona debe ser detenida en el momento de cometer el ilícito o ser perseguida de forma ininterrumpida después de realizarlo.

Según el estudio de la FGE -que contempla cifras del 31 de mayo de 2016 al 30 de abril de este año-, de las 104 mil 186 carpetas de investigación que se derivaron a la Policía Investigadora, sólo mil 453, o sea el 1.3 por ciento, fueron aceptadas por un juez. Sin embargo, no se especifica en cuántos casos se declaró una detención ilegal.

De los casos judicializados, mil 121 obtuvieron una resolución de vinculación a proceso.

Eduardo Barajas Languren, quien es investigador del CUCiénega, aseguró que le falta capacitación a las autoridades.

"Si no se capacitó Fiscalía, ya cuando llegan con el juez de control, (éste) tiene que decretar la inmediata libertad en virtud de que no tiene elementos para ejercitar acción penal", afirmó.

De acuerdo con el análisis de la FGE, son mínimas las detenciones que hacen los policías en donde se detiene a la persona en el momento de cometer el...

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