Fijan nueva regla a Banca

AutorDolores Ortega

Monterrey.- Adicional a las nuevas disposiciones de la Ley Antilavado, la instituciones bancarias del País deberán cumplir a partir de este mes con una nueva obligación de identificar cada transferencia internacional de fondos que hayan recibido o enviado cualquiera de sus clientes o usuarios por un monto igual o superior a mil dólares, la cual reportarán en los primeros 15 días del mes siguiente a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

La nueva medida está señalada en la regla 35 de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de prevención, detección y reporte de operaciones posiblemente relacionadas con los delitos de transacciones con recursos de procedencia ilícita o financiamiento al terrorismo.

"Las entidades deberán remitir mensualmente a la Secretaría (de Hacienda), por conducto de la Comisión, a más tardar dentro de los 15 días hábiles siguientes al último día hábil del mes inmediato anterior un reporte.

"Por cada transferencia internacional de fondos que, en lo individual, haya recibido o enviado cualquiera de sus clientes o usuarios durante dicho mes, por un monto igual o superior a mil dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en la moneda extranjera en que se realice", establece la regla.

El formato y el instructivo para su llenado, que deberán utilizar los bancos para hacer los reportes y enviarlos de forma electrónica ya fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaría de Hacienda, el 4 de julio pasado.

De acuerdo a especialistas, la nueva medida es adicional a las obligaciones que también las instituciones financieras deberán acatar a partir del 17 de julio próximo, con la entrada en vigor de la nueva Ley de Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida como Ley Antilavado.

Raúl Montemayor Cárdenas, especialista fiscal, dijo que con la nueva medida la autoridad fiscal transfiere su 'chamba', de fiscalización, a la banca.

La nueva medida, alertó, entró en vigor este mes, lo que significa que a más tardar el próximo 15 de agosto deberán los bancos enviar los primeros reportes.

Más chamba

Algunos de los datos que requerirán los bancos.

Si es persona física

·Nombre

·Fecha de nacimiento

·CURP

·Clave de RFC

·Clave país de nacimiento

·Clave país de nacionalidad

·Clave actividad económica

·Ocupación

·P...

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