Jaque Mate/ A la fuerza

AutorSergio Sarmiento

"Ningún hombre sabe en qué consiste la libertad para otro hombre".

Fernando Vela

Uno de los temas más interesantes que han surgido de los esfuerzos de prevención en el caso de las erupciones del volcán Popocatépetl es el que tiene que ver con la posibilidad de evacuar forzosamente a las personas que viven en zonas de riesgo y que se niegan a abandonar sus hogares.

Escuchaba ayer en una entrevista realizada por Ana María Lomelí y Ramón Fregoso, del programa de televisión Hechos AM, a un abogado de nombre Julio Hernández, que señalaba que la autoridad tiene la obligación de intervenir para proteger a una persona, aun en contra de su voluntad, cuando ocurre un "estado de necesidad" en el cual hay un peligro actual o inminente.

Según este jurista, si la autoridad no actuase en estos casos sería acusada no sólo de negligencia, sino de responsabilidad en caso de que la persona llegase a sufrir algún tipo de percance.

El licenciado Hernández añadió que la responsabilidad en este caso no es sólo de la autoridad. Un ciudadano común y corriente tiene también el deber de auxiliar a una persona que se encuentra en peligro inminente. Si no lo hace, puede incurrir también en una responsabilidad legal.

En una reunión en la que se comentaba esta entrevista yo señalé que parecía haber en esto un conflicto interesante entre la libertad personal y un aparente derecho de la sociedad.

Sin embargo, César Peón, un compañero de trabajo, me señaló que en la Constitución mexicana los "derechos sociales" tienen mayor peso que los individuales.

Hasta donde tengo entendido esto es verdad. Pero quizá ahí radique uno de los problemas más serios del orden jurídico mexicano.

En la tradición legal anglosajona, los derechos del Estado o de la sociedad proceden de los derechos individuales. El Gobierno existe porque las personas están dispuestas a cederle algunos de sus derechos.

La Constitución de los Estados Unidos empieza con las palabras: "Nosotros, el pueblo de los Estados Unidos..., ordenamos y establecemos esta Constitución..."

La redacción está hecha de tal forma que señala inequívocamente que el Estado existe por voluntad de los individuos que lo están constituyendo. Son los individuos los que le otorgan al Estado el derecho a existir y le definen sus potestades.

En México, al igual que en otros países de tradición legal latina, como España y Francia, el criterio parece ser radicalmente distinto.

El artículo primero de nuestra Carta Magna establece: "En los Estados...

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