Jaque Mate/ San Andrés

AutorSergio Sarmiento

"Los pueblos indígenas tienen el derecho a la libre autodeterminación... para... acceder de manera colectiva al uso y disfrute de los recursos naturales de sus tierras (y)... para... elegir a sus autoridades y ejercer sus formas de gobierno interno de acuerdo a sus normas".

Propuesta constitucional de la Cocopa

Los Acuerdos de San Andrés Larráinzar de febrero de 1996 y sus interpretaciones son quizá los documentos más mencionados en el actual discurso político mexicano, pero sin duda se cuentan entre los menos leídos. De hecho, si podemos creer las historias que se cuentan, ni siquiera el entonces Secretario de Gobernación, Emilio Chuayffet, los leyó en su momento. Con el tiempo, sin embargo, el mero nombre de los acuerdos se han convertido en una especie de mantra cuya repetición, se piensa, traerá por sí sola el fin del conflicto de Chiapas.

Los Acuerdos de San Andrés fueron firmados el 16 de febrero de 1996 por el entonces comisionado para la paz en Chiapas, Marco Antonio Bernal, y un grupo de representantes del EZLN. La negociación, surgida de la amnistía que el Presidente Zedillo le otorgó a los miembros del EZLN después de la ofensiva militar de febrero de 1995, resultaba paradójica porque le otorgaba a los dirigentes del EZLN la representación de todos los indígenas de México. A ninguna otra organización indígena se le dio voz o voto en la negociación.

En buena medida los Acuerdos de San Andrés no hacían más que registrar los lugares comunes y las expresiones de buena voluntad tantas veces reiteradas sobre los indígenas, como el hecho de que la singularidad de estos grupos debe ser respetada por la sociedad mexicana. Pero hay dos puntos en los acuerdos que han sido siempre controvertidos. Uno es el que establece que las comunidades indígenas tendrán un acceso colectivo a los recursos naturales de sus territorios y el otro el que dispone que las comunidades indígenas podrán elegir a sus gobernantes a través de sus propias normas.

Muchas comunidades indígenas han mantenido tradicionalmente un sistema de explotación colectiva de la tierra. Pero es un error pensar que ésta es una característica nada más de las comunidades mexicanas. También los europeos tuvieron sistemas de explotación colectiva de la tierra durante el paleolítico. En el neolítico, sin embargo, el aumento de la población y el surgimiento de la agricultura formal obligaron a las comunidades europeas a adoptar formas de tenencia privada de la tierra.

De una u otra manera...

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