Libran al Gobierno de acción colectiva

AutorVerónica Gascón

MÉXICO.- La posibilidad de interponer una acción colectiva es limitada porque sólo será posible en caso de proveedores privados y no en contra de entidades gubernamentales, advirtieron expertos.

Ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la legislación secundaria que establece las condiciones para hacer válidas este tipo de acciones, que entraron en vigor el 30 de julio del 2010, después de hacer cambios al artículo 17 de la Constitución.

"Únicamente se podrán emprender acciones colectivas en contra de empresas privadas, en el caso de empresas proveedoras de algún servicio, en el caso de servicios financieros, para defender al medio ambiente y en caso de violación a competencia económica", señaló Daniel Gershenson, miembro de la asociación civil Al Consumidor.

Gershenson dijo que otra de las limitaciones de esta legislación es que obliga a los consumidores a acreditar el daño sufrido ante un Juez, de preferencia que se encuentre en el Distrito Federal, lo cual puede desincentivar la presentación de las querellas.

"Si un consumidor vive en Chihuahua no va a comprar un boleto y a quedarse dos o tres días en la Ciudad de México para que repongan 15 pesos de una llamada que no se hizo", ejemplificó Gershenson.

Por su parte, Dolores Rojas, coordinadora de campañas de Oxfam, coincidió en que una restricción de esta legislación es que las instancias de Gobierno no están sujetas a las acciones colectivas, aunque se puede hacer uso de otras figuras legales como el Amparo.

"Las instancias de Gobierno no quedaron en posibilidad de acción colectiva. En las mejores prácticas internacionales no distinguen si es un bien o un servicio proporcionado por una empresa privada o pública. Igual que en los mejores ejemplos de acciones colectivas no hay un...

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