Opinión Invitada / Cynthia Cantero Pacheco: Contención de la corrupción

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El 19 de julio entró en vigor la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), iniciativa impulsada por la sociedad, conocida como "Ley 3 de 3", en la que se establecen las faltas administrativas, graves y no graves, de los servidores públicos del País y de particulares. A la vez que define sanciones severas que se aplicarán por los actos u omisiones derivados de corrupción. Esta nueva ley es parte del andamiaje que acompaña la creación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), en el marco de un proyecto de renovación estructural para la atención de la corrupción en México, que pretende marcar un antes y un después en lo que respecta a una estrategia integral para enfrentar este fenómeno.

El horizonte operativo de la "Ley 3 de 3" nos lleva a pensar que el freno de la corrupción debe asumirse como una maniobra preventiva y de contención, que irá permeando todas aquellas ramificaciones administrativas (públicas y privadas) para, desde el origen, inhibir las actividades corruptoras de instituciones y de empresas.

En buena medida, el proyecto central del SNA se dirige a la generación de instrumentos que neutralicen la actividad de aquellas prácticas lesivas a los fines específicos de las instituciones o de las empresas. Hablamos esta vez del medio ejecutivo, porque esta ley es muy explícita cuando señala que la corrupción no sólo es un asunto que se genere en el ámbito público, sino que emerge también en el plano empresarial. Su objeto es distribuir competencias entre las órdenes de gobierno, que permitan precisar la naturaleza de las responsabilidades de los servidores públicos y la manera en que éstas se vinculan con el quehacer de particulares. Lo que significa que, quienes incurran en hechos de corrupción en contubernio con funcionarios, también serán sancionados.

En términos dinámicos, la LGRA define mejor la fuerza existente entre las esferas de lo abierto y lo cerrado, asumiéndose con ello que la atención de la corrupción en el País debe considerar la asociación de los diferentes planos en que surge, pues se tiene comprobado que ésta opera mediante procesos de interflujos que van de lo público a lo privado y viceversa.

La depuración normativa implícita en esta ley también nos lleva a una nueva etapa en la política de integridad de las empresas que tienen relación...

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