Plaza Pública/ Días de la lealtad

AutorMiguel Angel Granados Chapa

Digna de aplauso, pero insuficiente, la excarcelación del General José Francisco Gallardo Rodríguez no pone punto final ni siquiera al escandaloso caso de su prisión injusta e ilegal, y menos a cierta arbitrariedad que aún puede disfrazarse de cumplimiento de la ley. El medio empleado para dejar en libertad al militar que en carne propia ha vivido la necesidad de un ombudsman castrense no repara el daño y ni siquiera permite a Gallardo volver al Ejército: Al contrario, su liberación significa el comienzo de una nueva pena, la de inhabilitación, contada a partir del jueves pasado y que se extenderá durante 10 años.

Como cada 9 de febrero, ayer el poder castrense expresó su lealtad al Poder Ejecutivo. Este es el comandante supremo de las fuerzas armadas, pero su mando, amplísimo en la ley está acotado en términos reales. Pudo poner en libertad a Gallardo aprovechando un extraño privilegio previsto en el Código de Justicia Militar pero ni por asomo podría atender otros puntos de la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que en octubre de 1996 pidió liberar "inmediatamente" al General Gallardo.

La recomendación, acatada sólo en uno de sus puntos, incluye el que "se tomen todas las medidas necesarias para que cese la campaña de persecución, difamación y hostigamiento" contra Gallardo; y que "se investigue y sancione a los responsables" de tal campaña. Hacerlo significaría fincar responsabilidades por lo menos a dos ex Secretarios de la Defensa, algo que el Gobierno de la lealtad ética -ayer los funcionarios panistas la formalizaron- no está en condiciones de hacer.

Como ejemplo de esa actitud institucional, la CIDH cita un comunicado oficial de la Sedena, según el cual "Gallardo mostró siempre una conducta reprochable y en diversas ocasiones ha sido sujeto a procesos por los delitos de abuso de autoridad, malversación, contra el honor militar, difamación, injurias e infracción de deberes militares, acciones que lo llevaron a ser sometido en varias ocasiones a la acción de la justicia militar, demostrándose con esto que el militar actúa fuera de la ley".

Ese boletín, posición oficial de las autoridades militares, está plagado de mentiras. De haber tenido "siempre una conducta reprochable", Gallardo no hubiera ascendido al generalato, como lo hizo en breve término: en 1983 era teniente coronel y llegó a brigadier antes de su encarcelamiento en 1993. El artículo 7 de la ley de ascensos y recompensas incluye entre las circunstancias para ser promovido la aptitud profesional y "la buena conducta militar y civil". Recibió además, comisiones significativas en el arma de caballería: director de la escuela de equitación, comandante del criadero militar de ganado de Santa Gertrudis, Chih., y responsable de la Villa Ecuestre del estado mayor de la Sedena.

Tampoco es cierto, como...

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