Plaza Pública / Vida privada

AutorMiguel Ángel Granados Chapa

Para Valentina, en su primer año.

De haber sido acusada de difamación en el Distrito Federal, a esta hora se habría sobreseído el juicio contra Lydia Cacho, pues ese delito fue derogado por una nueva ley vigente desde el sábado pasado. La despenalización de la expresión pública no implica, sin embargo, que se impida la defensa de la vida privada, el honor y la propia imagen, bienes jurídicos ahora protegidos en esa legislación. La presión para que el Ministerio Público iniciara acción penal contra Sergio Sarmiento carece ya de sentido, dado que no sería posible consignarlo por un delito que ya no existe.

El 28 de abril, con el voto de la mitad más uno de sus integrantes, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal colocó a esa entidad a la vanguardia en el tratamiento penal de la información y la opinión. Fueron derogados los artículos 214 a 219 del Código Penal, referidos a la difamación y la calumnia, y el 212, relativo a la violación de la intimidad personal, que cometía quien "sin consentimiento de quien esté legitimado para otorgarlo y para conocer asuntos relacionados con la intimidad de la persona... se apodere de documentos u objetos de cualquier clase (o) utilice medios técnicos para escuchar, observar o grabar la imagen y el sonido".

Incurría en difamación quien, "con ánimo de dañar, comunique a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causar o cause a ésta una afectación en su honor, dignidad o reputación". Calumniar significaba imputar "falsamente a otro la comisión de un hecho que la ley califique como delito, a sabiendas de que éste no existe o de que el imputado no es el que lo cometió...".

Derogados esos delitos, en el DF nadie irá a la cárcel por cometer esas conductas (como igualmente ocurrirá en el ámbito federal cuando concluya el proceso legislativo de una reforma análoga). Pero no se crea que con ello se otorga impunidad a difamadores y calumniadores. La ley aprobada por 33 legisladores perredistas y una independiente (Martha Delgado, que fue candidata de México Posible) establece mecanismos no penales para preservar la buena fama de las personas.

Sin embargo, al no derogar el artículo 1916 del Código Civil íntegramente, sino sólo su último párrafo, y el 1916 bis, la Asamblea Legislativa del DF estableció un régimen dual, y por lo mismo generador de confusiones, para la protección del honor, la vida privada y la propia...

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