Procede la pensión a amantes

AutorVíctor Fuentes

No sólo las esposas y las concubinas tienen derecho a pensión alimenticia, estableció por primera vez un tribunal federal.

El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil de Veracruz publicó una tesis en la que afirma que el derecho a recibir pensión existe aun si la mujer fue, para fines prácticos, la amante de un hombre.

"Basta con que hayan vivido como pareja, y que aquélla no pueda proveerse a sí misma los ingresos necesarios para subsistir, para que se genere el derecho a los alimentos", señala la tesis.

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