Prohíbe la SFP emplear parientes

MURAL / Staff

MÉXICO.- La Secretaría de la Función Pública emitió ayer un acuerdo mediante el cual prohíbe a los servidores públicos contratar a parientes consanguíneos o por afinidad, hasta en un cuarto grado.

En el artículo tercero se establece que quedan comprendidos en la restricción para contratar familiares u otorgarles ventajas y beneficios:

Los parientes consanguíneos del cónyuge del servidor público hasta el cuarto grado en línea recta o colateral, y los cónyuges de los parientes consanguíneos por línea recta o colateral hasta el cuarto grado.

Es decir, cuñados, yernos, nueras, suegros, sobrinos, tíos y primos políticos; además de esposas y esposos de los primos, sobrinos y tíos.

El acuerdo precisa criterios para la aplicación de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en el caso de parientes por afinidad, y deroga un acuerdo similar de febrero de 1983, en el que no se precisaba con exactitud el alcance de las restricciones.

Se incorporan así, las restricciones legales para contratar, promover, designar y nombrar, a los esposos o esposas de los hermanos, padres e hijos del servidor público.

En los argumentos del acuerdo se explica que el parentesco por afinidad es el que surge luego del matrimonio, entre el varón y los parientes de la mujer, y viceversa.

"Por el parentesco por afinidad, los descendientes del tronco común no solamente agregan al núcleo familiar a los cónyuges, sino que en la línea colateral y a través de los hermanos ingresa a la familia el cónyuge de éstos y, a su vez, los hijos de sus hermanos -sobrinos consanguíneos- agregan por afinidad y en virtud del matrimonio a sus respectivos cónyuges", se explica en una de las tesis citadas en el acuerdo.

"Si se diere el caso de anulación o disolución por divorcio del vínculo matrimonial, los lazos de parentesco que por afinidad se habían adquirido dejan de surtir efectos en términos de ley".

En los casos de muerte de cualquiera de los cónyuges, añade el documento, continuará vigente la relación de parentesco.

También se incorpora a los hijos en adopción a esta restricción...

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