Reforma en actas

MÉXICO. La Cámara de Diputados aprobó una reforma al Código Civil Federal para que en las actas de nacimiento no se asiente el estado civil de los padres, salvo que así lo soliciten, con la finalidad de resguardar los derechos de la herencia y facilitar que los menores sean reconocidos.

Interés del menor

De acuerdo con el dictamen avalado y enviado al Senado:

-El marido no podrá desconocer al menor nacido dentro de los 300 días siguientes a la disolución del matrimonio.

-Podrá desconocerlo cuando exista sentencia ejecutoria que declare que no es su hijo.

-El oficial del registro civil valorará el interés superior del menor.

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