Relegan inmediatez en las alcoholemias

AutorEnrique Osorio

Demostrar que un conductor va alcoholizado parece no estar entre las prioridades de las autoridades.

De entrada, mientras que en el anterior sistema el Código de Procedimientos Penales del Estado indicaba que inmediatamente debía practicarse la prueba de alcoholemia, en el actual ni siquiera menciona hechos de tránsito.

El Artículo 125 del primer documento citado hablaba de obligatoriedad y rapidez en la aplicación de dicha prueba; ordenaba que se hiciera para sustentar que había un homicidio a título de culpa grave, como busca probar la Fiscalía en el caso de Joao Maleck.

"En los casos de los delitos de tránsito, obligada e inmediatamente se practicarán al indiciado los exámenes médicos y las pruebas de alcoholemia o de aire espirado en alcoholímetro, para determinar la concentración de alcohol, la afectación de la capacidad para conducir", se menciona.

No obstante, ese código dejó de tener validez con la entrada del Sistema Acusatorio Adversarial, en mayo de 2016, y ni el actual ni el Protocolo de Primer Respondiente establecen la forma de actuar en hechos de tránsito.

Peritos y personal de Fiscalía saben que con el sistema vigente, en general, los dictámenes que consideran necesarios se deben ordenar desde el momento en que el agente ministerial tome conocimiento de un hecho, esto es, apenas minutos después de que los primeros respondientes acuden.

"A más tardar una hora después de la puesta a disposición (debe estar aplicada la prueba)", aseguró personal de la Fiscalía cuestionado al respecto.

El problema es que estos tiempos dependen de la disponibilidad del personal forense en el área de...

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