Va Ley Antirruido vs. automovilistas

AutorFernanda Carapia

Si es de los que disfruta manejar y escuchar música a niveles de antro, ¡cuidado!, pues podrá ser multado.

Con la llamada Ley Antirruido, se modificó el Artículo 176 de la Ley de Movilidad para agregar como "infractores" a los conductores que hagan ruido excesivo con equipos de sonido en sus vehículos; ya era falta abusar del claxon y del mofle.

Como cualquier infracción vial, los agentes pueden multar a los ruidosos si hay flagrancia; también proceden mediante denuncia.

Sin embargo, las sanciones son mínimas, pues van de una a cinco Unidades de Medida y Actualización, es decir, de los 80.6 a los 403 pesos.

El Ejecutivo publicó, el 23 de agosto, las reformas hechas a la Ley Estatal de Equilibrio Ecológico, y, de acuerdo con los artículos transitorios, entró en vigor ayer.

Según el decreto, los Municipios están obligados a tener un sistema de reportes y atención las 24 horas e ir a revisar de inmediato.

Dichas reformas también aplican a los vecinos ruidosos, quienes, en primera instancia, recibirán un apercibimiento para que bajen el volumen.

Si tras 30 minutos no lo hacen, se procederá a su arresto por 36 horas o se les dará citatorio para fijar una multa económica.

Con la Ley Antirruido la pirotecnia tiene horario: de las 8:00 a las 21:00 horas, por lo que los festejos religiosos y eventos particulares con el...

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